jueves, 10 de noviembre de 2016

Estación 3: Mis deberes y derechos como aprendiz SENA

DESCRIPCIÓN CASO 1
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.

Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA. Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial. 

ANÁLISIS DEL CASO

De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos: 

1.¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría? 

  • Atendiendo a lo indicado en el Reglamento del Aprendiz SENA - adoptado mediante acuerdo 7 del 30 de abril de 2012, es evidente que SI tiene derecho a recibir un carné que lo acredite como Aprendiz SENA. 
  •  DERECHOS DEL APRENDIZ SENA ARTICULO 7, Numeral 4: Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA. 
  • Igualmente podemos reafirmar el anterior enunciado con
  •  ARTÍCULO 15. Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva. 
  • DEBERES DEL APRENDIZ SENA ARTÍCULOS 9, Numeral 14: Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General. 

        2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio   la funcionaria al aprendiz?¿Fue acertada o equivocada? 
  • La respuesta fue equivocada por cuanto el reglamento Sena nos indica quienes tienen calidad de Aprendiz SENA, sin discriminar la modalidad en que se encuentre matriculado y además en el momento de legalización de la matricula debe recibir su carnet que lo acredite como tal.





DESCRIPCIÓN CASO 2

Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso


Sin embargo, cuando le solicita a su tutor  dicha retroalimentación,  este  le  responde:  “Usted  debe  saber  cómo  va,  para eso  hizo  las  actividades”.  Nicolás  está  muy preocupado  porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado  que  solo  estará  en  el  SENA  por  dos  meses  más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia

Nicolás  decide  de  manera  respetuosa  solicitar  por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA

ANÁLISIS DEL CASO

De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:

1. ¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?



  • Nicolás puede solicitar de manera resptuosa y formal, en los términos del Capítulo Vi, Gestión académico-administrativa, Artículo 15, que se de cumplimiento a lo contenido en el Capítulo VII, Proceso de formación, incumplimiento, deserción, Artículo 22, participación y cumplimiento, Numeral 3 del Reglamento del Aprendiz SENA


GESTIÓN ACADÉMICO-ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 15. Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva.


PROCESO DE FORMACIÓN, INCUMPLIMIENTO, DESERCIÓN.
ARTÍCULO 22. PARTICIPACIÓN Y CUMPLIMIENTO. El Aprendiz Sena, como gestor principal de su proceso de formación debe participar de manera activa y oportuna en las diferentes actividades, presenciales y/o virtuales, que conforman la ruta de aprendizaje. Los procesos de formación en el Sena promueven la responsabilidad de cada Aprendiz en la gestión de su proceso de aprendizaje, facilitando su acceso a diversas fuentes de conocimiento. De acuerdo con lo concertado entre el Instructor-Tutor y el Aprendiz, se evaluará el cumplimiento o no de las actividades de aprendizaje de la ruta de aprendizaje, así:
...

3. Revisión de los Resultados de Evaluación: El Instructor debe analizar el avance del proceso de formación, identificando con el Aprendiz sus logros y dificultades, retroalimentando de manera permanente y ajustando las estrategias desarrolladas, en los casos que se requiera. En caso de que el aprendiz no logre el resultado de aprendizaje, el instructor programa y realiza actividades pedagógicas complementarias. El Aprendiz que esté en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el Instructor, podrá ejercer el derecho a que se le revisen los resultados, siguiendo el procedimiento:
- Presentar solicitud de forma escrita al Instructor y a través del sistema de gestión de la formación, para la revisión por el Instructor, orientador del proceso de aprendizaje que emitió la evaluación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación o entrega de la misma, argumentando los fundamentos del desacuerdo.
- Esta solicitud debe ser contestada por el Instructor, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz.
- Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el desacuerdo con la respuesta recibida, el Aprendiz podrá solicitar mediante escrito dirigido al Coordinador Académico o rol correspondiente a la modalidad del programa de formación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente; la decisión del segundo evaluador es definitiva para la evaluación del Aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud presentada por el Aprendiz.


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